REGLAMENTO DE CICLISMO MÁSTER

REGLAMENTO DE CICLISMO MÁSTER

Este reglamento, sintetizado, es necesario que se cumpla en cada uno de los puntos que describimos a continuación, porque de no ser así, podría ser penado, sin derecho a participar en los eventos nacionales programados, ni optar por una licencia UCI otorgada por la Federación Cubana de Ciclismo.

REGLAMENTO SINTETIZADO

  1. Para ser registrado como Ciclista Máster por la Federación Cubana de Ciclismo, el atleta debe tener una edad mínima de 30 años, la que se empieza a contar a partir del año en que cumpla la edad establecida.
  2. Las categorías que compiten en el ciclismo máster se dividen por edades. En nuestro país, como en muchos del área, las categorías tienen un rango de 10 años, a diferencia de eventos oficiales como Panamericanos y Mundiales que se cambia de categoría cada cinco años. Las categorías son: Máster A (30-39 años), B (40-49 años), C (50-59 años) y D (+60 años).
  3. Se competirá en 6 eventos anuales que determinarán el ranking nacional de las categorías máster en nuestro país. Recibirán puntos para el ranking los primeros 10 atletas por categoría, por el orden que pasen por la meta. La puntuación es la siguiente: 1- 20 puntos, 2- 16 puntos, 3-14 puntos, 4- 12 puntos, 5- 10 puntos, 6- 8 puntos, 7- 6 puntos, 8- 4 puntos, 9- 2 puntos y 10- 1 punto. Al final de temporada, la suma de todos los puntos definirá los lugares por categorías.
  4. Todos los atletas sumarán puntos por participación, no para el ranking, sino para tener derecho a una licencia UCI, que le valdrá para poder competir en eventos internacionales. Cada uno de los eventos puntuables tendrá un valor de 3 puntos por participación, por lo que a final de temporada se podrá obtener un total de 18 puntos, si participa en todos los eventos programados. En las carreras de un día se consiguen los puntos por la participación (inscripción y salida), mientras que en las carreras por etapas se consigue un punto por cada una de las tres etapas en disputa.
  5. Para obtener la licencia UCI es necesario acumular, como mínimo, 14 unidades. Lo que representa haber participado en 5 de los 6 eventos programados en la temporada. Puede, además, haberse ausentado a una de las etapas en las carreras programadas para tres días. Solo por motivos de fuerza mayor (enfermedad, novedad en la familia u otra situación muy justificada) y tomando en cuenta la calidad, actitud y disciplina del atleta, se le entregará la licencia sin haber alcanzado los puntos establecidos.
  6. Las licencias UCI se entregarán en enero y serán válidas por un año. No se otorgarán licencias a mitad de año y para conseguirla o renovarla por temporada tendrán que cumplir los requisitos antes expuestos en los puntos 4 y 5 del reglamento.
  7. La disciplina es y será un factor determinante para que el atleta pueda conservar su licencia y pueda participar en los eventos nacionales y foráneos. Una indisciplina grave (Falta de respeto o agresión a directivo, comisario, juez, otro atleta o con el público en un evento) se le retirará la licencia UCI y no podrá renovarla al año siguiente, al ser suspendido, como mínimo, dos competencias. Por tal motivo, no conseguirá los puntos necesarios para optar por la licencia UCI para la próxima temporada.
  8. El incumplimiento del reglamento particular de cada competencia provocará que el atleta quede invalidado de los puntos obtenidos en dicho evento. Si la carrera es de más de un día (tres etapas) serán anulados los puntos alcanzados en la etapa que violó el reglamento. Además, si el atleta comete una de las indisciplinas descritas en el punto 7, perderá los puntos de toda la competencia y será sancionado como describe el propio punto 7 del reglamento.
  9. Si luego de realizado un evento, a uno de los atletas premiados o bonificados con puntos se le detecta “con pruebas” una infracción en la carrera, serán retirados los puntos alcanzados de una manera ilegal en el evento.
  10. Las reclamaciones, para que sean válidas, tendrán el siguiente orden: en primera instancia al Delegado de Provincia o Territorio, en segunda instancia la Coordinador Nacional de Ciclismo Máster. De estar insatisfecho con los resultados de su apelación podrá dirigirse a la presidencia de la Federación Cubana de Ciclismo.
  11. Los atletas élites sancionados por la Comisión Nacional de Ciclismo no podrán ingresar en las filas del Ciclismo Máster Cubano hasta que cumplan la sanción establecida, o por alguna razón sean liberados.
  12. Esta síntesis de reglamento puede estar sujeta a cambios. Si los hay, se les hará saber con antelación a través de los Delegados de Provincia o Territorio. 

 

Willy Hierro Caveda

Coordinador de Ciclismo Máster